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La Justicia vuelve a anular la “tasa Amazonia” de Barcelona

La Justicia vuelve a anular la “tasa Amazonia” de Barcelona

El Tribunal Supremo de Cataluña (TSJC) ha vuelto a anular los llamados “precios amazónicos” aprobados por el Ayuntamiento de Barcelona, ​​esta vez en respuesta a un recurso interpuesto por la Autoridad Catalana de la Competencia (ACC) en diciembre de 2023. en la decisión negociada por ABC.

Este impuesto grava a las empresas de reparto a domicilio tras las compras realizadas a través de Internet, y tenía como objetivo hacer corresponsables a las empresas de las externalidades derivadas de sus actividades.

Se trata de la segunda decisión del TSJC de dejar sin efecto este impuesto municipal, tras la aceptación el pasado mes de julio de un recurso interpuesto por la Organización Española de Empresas de Logística y Transportes, ONU, que consideró el impuesto una discriminación «sin fundamento sólido». En su recurso, la ACC alegó que el tipo impositivo viola el principio de seguridad jurídica y adecuada regulación, constituye doble imposición y viola el principio de legalidad y libertad de empresa.

El ayuntamiento desestimó la petición tras defender «el interés público que debe responderse con la aprobación de la ordenanza fiscal», ya que los proveedores de servicios postales utilizan intensamente suelo público para desarrollar el comercio electrónico.

En esta ocasión, la primera clase del consejo contencioso de la KBSZ confirma que la clasificación fiscal del impuesto definido en el decreto municipal «es más que un tipo real, un impuesto creíble que gravaría los ingresos potenciales o los resultados previsibles». .» adquiridos durante las actividades de empresas que distribuyen bienes adquiridos a través del comercio electrónico.

«Este es un verdadero 'impuesto' que grava los ingresos del trabajo por cuenta propia prácticamente de la misma manera que los impuestos que gravan los ingresos de actividades que expresan capacidad económica», dijo el tribunal.

«Hasta tal punto (es decir, que el volumen de la actividad esté gravado) que los operadores económicos con un volumen de negocios anual inferior a un millón de euros se beneficien de la exención, al igual que el impuesto sobre la actividad económica.» añade.

La decisión se refiere a una «injusticia» derivada de someter el comercio tradicional a aranceles tradicionales, y al no aplicarlo al comercio electrónico, apunta a que es más compatible con la determinación del impuesto que con el valor de mercado. utilidad del uso, literalmente.

Una sentencia no firme se beneficia del voto separado de un juez en contra de la cancelación del impuesto.

Por Otilia Adame Luevano

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